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Tus derechos en materia de inmuebles: Lo que debes saber antes de comprar una casa o departamento

Fotografía de Freepik.

El artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) señala que cuando los proveedores sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta de viviendas a casa habitación tienen la obligación de registrar su contrato de adhesión ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), el cual debe especificar:

  1. Lugar y fecha de celebración.
  2. Estar escrito en español, sin perjuicio de que pueda ser expresado, además, en otro idioma. En caso de diferencias en el texto y redacción, se estará a lo manifestado en español.
  3. Nombre, denominación o razón social, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del proveedor, de conformidad con los ordenamientos legales sobre la materia.
  4. Nombre, domicilio y, en su caso, RFC del consumidor.
  5. Precisar las cantidades de dinero en moneda nacional, sin perjuicio de que puedan ser expresadas también en moneda extranjera; en el caso de que las partes no acuerden un tipo de cambio determinado, se estará al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se realice el pago, de conformidad con la legislación aplicable.
  6. Descripción del objeto del contrato.
  7. El precio total de la operación, la forma de pago, así como las erogaciones adicionales que deberán cubrir las partes.
  8. Relación de los derechos y obligaciones, tanto del proveedor como del consumidor.
  9. Las penas convencionales que se apliquen tanto al proveedor como al consumidor por el incumplimiento de las obligaciones contraídas, las cuales deberán ser recíprocas y equivalentes, sin perjuicio de lo dispuesto por los ordenamientos legales aplicables.
  10. En su caso, las garantías para el cumplimiento del contrato, así como los gastos reembolsables y forma para su aplicación.
  11. El procedimiento para la cancelación del contrato de adhesión y las implicaciones que se deriven para el proveedor y para ti.
  12. Fecha de inicio y término de ejecución de la actividad o servicio contratado, así como la de entrega del bien objeto del contrato.
  13. En los casos de operaciones de compraventa de inmuebles, el contrato deberá indicar las características técnicas y materiales de la estructura, de las instalaciones y acabados. De igual manera, deberá señalar que el inmueble cuenta con la infraestructura para el adecuado funcionamiento de sus servicios básicos.
  14. En el caso de operaciones de compraventa, deberá señalar los términos bajo los cuales habrá de otorgarse su estructuración. El proveedor, en su caso, deberá indicar que el bien inmueble deberá estar libre de gravámenes a la firma de la estructura correspondiente.

Obligaciones de los proveedores

En caso de preventa, deberán exhibir:

  • El proyecto ejecutivo de construcción completo, así como la maqueta respectiva y, en su caso, el inmueble muestra.
  • Los documentos que acrediten la propiedad del inmueble e informarte sobre la existencia de gravámenes que afecten la propiedad de este, los cuales deberán quedar cancelados al momento de la firma de la escritura correspondiente.
  • La personalidad del vendedor y la autorización del proveedor para promover la venta.
  • Información sobre las condiciones en que se encuentran el pago de contribuciones y servicios públicos.

Para el caso de inmuebles nuevos o preventas deberán mostrar:

  • Las autorizaciones, licencias o permisos expedidos por las autoridades correspondientes para la construcción, relativas a las especificaciones técnicas, seguridad, uso de suelo, la clase de materiales utilizados en la construcción; servicios básicos con que cuenta, así como todos aquellos con los que debe contar de conformidad con la legislación aplicable. Cuando los inmuebles usados que no cuenten con dicha documentación, se deberá indicar expresamente en el contrato la carencia de estos.
  • Los planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones o, en su defecto, un dictamen de las condiciones estructurales del inmueble, de lo contrario, por escrito, deberá informarte las causas por las que no cuenta con ellos, así como el plazo en el que tendrá dicha documentación.
  • Información sobre las características del inmueble, como la extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugar o lugares de estacionamiento, áreas de uso común con otros inmuebles, porcentaje de indiviso en su caso, servicios con que cuenta y estado físico general del inmueble.
  • Informarte sobre los beneficios que en forma adicional ofrezca en caso de concretar la operación, tales como acabados especiales, encortinados, azulejos y cocina integral, entre otros.
  • Las opciones de pago que puedes elegir, especificando el monto total a pagar en cada una de las opciones.
  • En caso de operaciones a crédito, el señalamiento del tipo de crédito del que se trata, así como una proyección del monto a pagar que incluya, en su caso, la tasa de interés que se va a utilizar, comisiones y cargos. En el caso de la tasa variable, deberá precisarse la tasa de interés de referencia y la fórmula para el cálculo de dicha tasa.
  • De ser el caso, los mecanismos para la modificación o renegociación de las opciones de pago, las condiciones bajo las cuales se realizaría y las implicaciones económicas, tanto para el proveedor como para el consumidor.
  • Las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo el proceso de escrituración, así como las erogaciones distintas del precio de la venta que deba realizar el consumidor, tales como gastos de escrituración, impuestos, avalúo, administración, apertura de crédito y gastos de investigación. De ser el caso, los costos por accesorios o complementos.
  • Las condiciones bajo las cuales el consumidor puede cancelar la operación.
  • Deberán indicar al consumidor sobre la existencia y constitución sobre la existencia y constitución de garantía hipotecaria, fiduciaria o de cualquier otro tipo, así como su instrumentación.

Con información de la Revista del Consumidor.

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